Ampliación de domicilio de instituciones educativas de nivel superior.

Dependencia o entidad: Secretaría de Investigación, Innovación y Educación Superior.
Área responsable: Dirección de Servicio Profesional
Departamento: Área de Incorporación y Revalidación de Estudios
Correo electrónico: validez.estudios@yucatan.gob.mx
Módulos de servicio: C. 31-A   S/N  entre 6 y 8,  colonia San Esteban, Mérida, Yucatán.
Teléfono: (999) 920-26-18 Ext.55020
Horarios: De Lunes a Viernes de 8:00 a 15:00 horas
Descripción: Analizar y, en su caso, autorizar la ampliación de domicilio que un particular solicita para impartir un plan de estudios ya autorizado en una ubicación colindante, que extiende la autorizada previamente conforme a los lineamientos y procedimientos establecidos.
Procedimiento: 1.- Acudir al área de Incorporación y revalidación de estudios, (persona física propietaria de la institución o por el representante legal de la persona moral titular del acuerdo de incorporación).

2.- Entregar la documentación correspondiente, en original y dos copias.

3.- Realizar el pago.

4.-Recoger el acuerdo de incorporación correspondiente.

Requisitos: 1. Solicitud de ampliación de domicilio firmada por la persona física propietaria de la institución o por el representante legal de la persona moral titular del acuerdo de incorporación, dirigida a la Dirección de Servicio Profesional.
2. Planos arquitectónicos del inmueble que se anexará.

3. Original y copia de la licencia de uso de suelo otorgada por la autoridad municipal competente (con vigencia de acuerdo a la fecha señalada en la convocatoria correspondiente), que contempla todos los predios a utilizar.

4. Original y copia de la constancia de seguridad estructural expedida por un perito en construcción municipal (PCM).

5. Documento que acredite la ocupación legal del inmueble (título de propiedad, comodato o contrato de arrendamiento a favor de la persona física o moral propietaria de la institución.

6. Copia del acuerdo anterior.

7. Original y copia del acta de nacimiento del titular (persona física) o del representante legal (persona moral).

8. En caso de que el titular sea persona moral, copia certificada del acta constitutiva y sus modificaciones (si las hubiere).

Costo: $7,830.00   (El pago se realiza en módulos USE o ventanilla única con clave de pago AMPDOM)
Tiempo de respuesta: 30 días hábiles.
Período: No aplica
Vigencia o vencimiento: Sin vencimiento.
Fundamento legal: Ley General de Educación artículo 1,7,9,10, 11 Y 14 fracción IV; Código de la Administración Pública, artículo 47 fracción  I, III, XVI, XXXVIII ; Reglamento de la Administración Pública de Yucatán, artículo 554 fracción III, 555 fracción XXII, XXIII, XXVI, y XXVII; 556, fracción XIII; Acuerdos 243 y 279 de la Secretaría de Educación Pública.

Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán, artículo 85-W, fracción XV

XV. AMPLIACIÓN DE DOMICILIO DE INSTITUCIONES DE NIVEL SUPERIOR

Observaciones: TARIFA VIGENTE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2024.